Este Comité, en reunión del 29 de abril de 2009 y del 26 de mayo de 2010, concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE), es:
EN PELIGRO CRITICO CR B1ab(iii)+2ab(iii); C2a(i,ii); D
Dado que:
B1 -Extensión de presencia menor a 100 km2 (se estimó en 1 km2).
B1a -Existe en 1 sola localidad (sólo en una localidad, Isla A. Selkirk).
B1b(iii) -Disminución en la calidad del hábitat por las especies – plagas para las islas y en clara expansión, y por deslizamientos de terreno por erosión producto de lluvias torrenciales.
B2 -Área de ocupación estimada en menos de 10 km2 (se estimó menor a 0,01 km2).
B2a -Existe en 1 sola localidad (sólo en una localidad, Isla A. Selkirk).
B2b(iii) -Disminución en la calidad del hábitat por las especies – plagas para las islas y en clara expansión, y por deslizamientos de terreno por erosión producto de lluvias torrenciales.
C -Tamaño poblacional inferior a 250 individuos maduros (se estimó en 40).
C2 -Disminución continua inferida de la escasa regeneración observada y de menciones de diferentes botánicos.
C2a(i) -Se estima ninguna subpoblación mayor a 50 individuos (población total 40 individuos).
C2a(ii) -Por lo menos el 90% de los individuos maduros en una sola subpoblación (población total en una localidad, Isla A. Selkirk).
D -Tamaño poblacional inferior a 50 individuos maduros (se estimó en 40). |