En las reuniones del 14 de octubre de 2020 y del 19 de enero de 2021, consignadas en las Actas Sesión Nº08 y N°15, del 17mo proceso, el Comité de Clasificación establece:
Geranoaetus polyosoma exsul (Salvin), “aguilucho de Más Afuera”, “aguilucho de Juan Fernández”, “blindado”
Ave falconiforme, los adultos de ambos sexos de esta subespecie son parecidos al macho de la especie nominal (Geranoaetus polyosoma), pero difieren en que G. p. exsul es más oscuro, con un tamaño mayor y las hembras no presentan la espalda de color rojizo.
El aguilucho se distribuye solo en una isla Alejandro Selkirk del Archipiélago de Juan Fernández. Se informa que se ha tratado de introducir en la Isla Robinson Crusoe para control de especies invasoras, sin éxito.
Luego de evaluar la ficha de antecedentes, y realizar algunas observaciones para su corrección, el Comité establece que esta subespecie está presente solamente en la Isla Alejandro Selkirk del Archipiélago de Juan Fernández, aun cuando se ha intentado introducirla en la Isla Robinson Crusoe, sin éxito. Por lo que para criterio A se clasificaría como Datos Insuficientes (DD). Respecto, al criterio B se establece que la especie está presente en una sola localidad con una calidad del hábitat disminuida por especies exóticas invasoras que causan erosión en su hábitat, destruyen su hábitat y compiten por el alimento por lo que cumple los umbrales en este criterio para categoría En Peligro Crítico (CR). Para el criterio C, luego de búsquedas exhaustivas, se ha estimado no más de 155 individuos maduros en su subpoblación, menor a 250 individuos todos en una sola subpoblación, lo que implica que para criterio C su categoría sería En Peligro Crítico (CR). Para criterio D cumple con el umbral de número de individuos (menos de 250) para categoría En Peligro (EN). Y para criterio E no existen datos suficientes, implica categoría Datos Insuficientes (DD). Resultando esta especie, como en En Peligro Crítico (CR).
Por lo tanto, atendiendo a las superficies y localidades que ocupa, se concluye clasificarla según el RCE, como En Peligro Crítico (CR). Se describe a continuación los criterios utilizados y las categorías por cada criterio asignadas preliminarmente:
Criterio UICN
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Criterios definitorios
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Categoría Preliminar
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Enunciación de Criterios
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A
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Datos Insuficientes (DD)
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-
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B
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***
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En Peligro Crítico(CR)
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CR B1ab(iii)+2ab(iii)
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C
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***
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En Peligro Crítico(CR)
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CR C2a(ii)
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D
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En Peligro (EN)
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D
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E
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Datos Insuficientes (DD)
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-
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Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:
EN PELIGRO CRÍTICO (CR) CR B1ab(iii)+2ab(iii); C2a(ii)
Dado que:
B1 Área de Ocupación menor a 100 km2.
B1a Se conoce en una sola localidad, se conoce sólo en Isla Alejandro Selkirk del Archipiélago de Juan Fernández.
B1b(iii) Disminución de la calidad del hábitat debido a especies exóticas invasoras que causan erosión en su hábitat.
B2 Área de Ocupación menor a 10 km2.
B2a Se conoce en una sola localidad, se conoce sólo en Isla Alejandro Selkirk del Archipiélago de Juan Fernández.
B2b(iii) Disminución de la calidad del hábitat debido a especies exóticas invasoras que causan erosión en su hábitat.
C Tamaño de la población estimada en menos de 250 individuos maduros y,
C2 Una disminución continua, inferida, en el número de individuos maduros (por disminución de su hábitat, bosques) y,
C2a(ii) Estructura poblacional por lo menos el 90% de los individuos maduros están en una Subpoblación (Isla Alejandro Selkirk). |