Este Comité, en reuniones del 12 de marzo de 2008 y del 14 de mayo concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE), es:
EN PELIGRO EN B1ab(iii)+2ab(iii)
Dado que:
B1 -Extensión de presencia menor a 5.000 km2 (se estimó en 32 km2).
B1a -Existe en menos de 5 localidades (en 2, en Isla Robinson Crusoe y en Isla M. Alejandro Selkirk).
B1b(iii) -Disminución proyectada en la calidad del hábitat, por erosión, por especies invasoras introducidas vegetales como la zarzamora (Rubus ulmifolius), el maqui (Aristotelia chilensis) y la murtilla (Ugni molinae) que, en clara expansión, van ocupando su hábitat y por especies invasoras introducidas animales como cabras (Capra hircus).
B2 -Área de ocupación estimada en menos de 500 km2 (se estimó en 20 km2).
B2a -Existe en menos de 5 localidades (en 2, en Isla Robinson Crusoe y en Isla M. Alejandro Selkirk).
B2b(iii) -Disminución proyectada en la calidad del hábitat, por erosión, por especies invasoras introducidas vegetales como la zarzamora (Rubus ulmifolius), el maqui (Aristotelia chilensis) y la murtilla (Ugni molinae) que, en clara expansión, van ocupando su hábitat y por especies invasoras introducidas animales como cabras (Capra hircus).
De acuerdo a las categorías y criterios de la UICN, versión 3.1, la clasificación corresponde a la misma que la señalada anteriormente, esto es: EN PELIGRO EN B1ab(iii)+2ab(iii) |