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Alstroemeria pulchra (Sims.)

Especie Nativa en Chile / En Peligro (EN) / Preocupación menor (LC)

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Nombres comunes

Español: Alstroemeria; Flor de águila; Flor de San Martín; Mariposa del campo

Nombre científico Alstroemeria pulchra

Reino Plantae

División / Phyllum Magnoliophyta

Clase Liliopsida

Orden Liliales

Familia Alstroemeriaceae

Género Alstroemeria

Sinonimia Alstroemeria magnifica Herb. subsp. maxima. (Phil.) Ehr. Bayer; Alstroemeria spectabilis. Ravenna

Presencia en regiones

Categoría En Peligro (EN)
Criterios RCE EN B1ab(iii)+2ab(iii)
Fuente de Categoría Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)
Referencia DS 13 MMA 2013 (9no proceso RCE)
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)- Número de Proceso 9
Año de clasificación 2013
Descripción de la zona de aplicación Toda su distribución [Alstroemeria pulchra lavandulacea]
Justificación de la conservación

El Comité discute si clasificará la especie en su conjunto o, la sub-especie lavandulacea separada del resto del taxón (en conjunto ssp. pulchra y var. maxima). Luego de una votación, en la que solamente votaron los integrantes titulares de la Academia Chilena de Ciencias y del Consejo de Rectores, además de un representante de cada institución pública, quedó en minoría la postura de NO dividir la especie para su clasificación, por lo cual se procedió a clasificar separadamente la subespecie lavandulaceae con el voto de la mayoría, dado que se asume existen diferencias entre las condiciones ecológicas de dos subconjuntos,  en que la ssp. lavandulacea ocupa  zonas más al sur del rango de distribución, en lugares con más presión antrópica y es menos abundante que el subconjunto formado por la ssp. pulchra y la var. maxima.

 

 

Propuesta de clasificación:

Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:

 

Para Alstroemeria pulchra ssp. pulchra y Alstroemeria pulchra var. maxima

PREOCUPACIÓN MENOR (LC)

Dado que:

NO cumple con los umbrales de ninguno de los criterios para ser clasificada en alguna de las categorías de amenaza de UICN 3.1 (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable) y su amplia distribución indica que no está próxima a satisfacer los criterios.

 

Para Alstroemeria pulchra ssp. lavandulacea

EN PELIGRO            EN B1ab(iii)+2ab(iii)

Dado que:

B1            Extensión de presencia menor a 5.000 km2.

B1a          Se conoce en menos de 5 localidades. Solamente 2 localidades.

B1b(iii)     Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación, derivada de deforestación para plantaciones forestales, agricultura y por acción de herbívoros no nativos.

B2            Área de Ocupación menor a 500 km2.

B2a          Existe en menos de 5 localidades. Solamente 2 localidades.

B2b(iii)     Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación, derivada de deforestación para plantaciones forestales, agricultura y por acción de herbívoros no nativos.

Categoría Preocupación menor (LC)
Criterios RCE -
Fuente de Categoría Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)
Referencia DS 13 MMA 2013 (9no proceso RCE)
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)- Número de Proceso 9
Año de clasificación 2013
Descripción de la zona de aplicación Toda su distribución [Alstroemeria p. ssp. pulchra, Alstroemeria p. ssp. maxima]
Justificación de la conservación

Propuesta de clasificación:

Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:

 

Para Alstroemeria pulchra ssp. pulchra y Alstroemeria pulchra var. maxima

PREOCUPACIÓN MENOR (LC)

Dado que:

NO cumple con los umbrales de ninguno de los criterios para ser clasificada en alguna de las categorías de amenaza de UICN 3.1 (Extinta, Extinta en la Naturaleza, En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable) y su amplia distribución indica que no está próxima a satisfacer los criterios.

 

Para Alstroemeria pulchra ssp. lavandulacea

EN PELIGRO            EN B1ab(iii)+2ab(iii)

Dado que:

B1            Extensión de presencia menor a 5.000 km2.

B1a          Se conoce en menos de 5 localidades. Solamente 2 localidades.

B1b(iii)     Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación, derivada de deforestación para plantaciones forestales, agricultura y por acción de herbívoros no nativos.

B2            Área de Ocupación menor a 500 km2.

B2a          Existe en menos de 5 localidades. Solamente 2 localidades.

B2b(iii)     Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación, derivada de deforestación para plantaciones forestales, agricultura y por acción de herbívoros no nativos.

Ver Categorias de conservación no vigentes

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San Martín 73, Santiago, Chile

+56 2 2573 56 00

inventarioespecies@mma.gob.cl

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