Propuesta de clasificación:
Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:
VULNERABLE VU B1ab(iii)+2ab(iii)
Dado que:
B1 Extensión de presencia menor a 20.000 km2. Estimada inferior a 2.039 km2.
B1a Se conoce en menos de 10 localidades. Posiblemente más de seis localidades, pero no más de diez.
B1b(iii) Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación, derivada de proyectos inmobiliarios, agrícolas, forestales y presencia de herbívoros, conejos y cabras.
B2 Área de Ocupación menor a 2.000 km2. Estimada inferior a 175 km2.
B2a Existe en menos de 10 localidades. Posiblemente más de seis localidades, pero no más de diez.
B2b(iii) Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación, derivada de proyectos inmobiliarios, agrícolas, forestales y presencia de herbívoros, conejos y cabras. |