Se decide separar ambas subespecies porque están expuestas a diferente tipo de amenazas, las poblaciones de A. l. laevis son amenazadas por destrucción de hábitat por desecación esteros y las de A. l. talcahuano son amenazadas por destrucción de hábitat por industria forestal.
Propuesta de clasificación:
Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:
Para Aegla laevis laevis
EN PELIGRO EN B1ab(iii)+2ab(iii)
Dado que:
B1 Extensión de presencia menor a 5.000 km2. Estimada menor a 100 km2.
B1a Se conoce en menos de 5 localidades. Menos de 5 localidades.
B1b(iii) Disminución de la calidad del hábitat por destrucción de hábitat por desecación esteros.
B2 Área de Ocupación menor a 500 km2. Estimada menor a 100 km2.
B2a Se conoce en menos de 5 localidades. Menos de 5 localidades.
B2b(iii) Disminución de la calidad del hábitat por destrucción de hábitat por desecación esteros.
Para Aegla laevis talcahuano
EN PELIGRO EN B1ab(iii)+2ab(iii)
Dado que:
B1 Extensión de presencia menor a 5.000 km2. Estimada menor a 100 km2.
B1a Se conoce en menos de 5 localidades. Menos de 4 localidades.
B1b(iii) Disminución de la calidad del hábitat por destrucción de hábitat por industria forestal.
B2 Área de Ocupación menor a 500 km2. Estimada menor a 100 km2.
B2a Se conoce en menos de 5 localidades. Menos de 4 localidades.
B2b(iii) Disminución de la calidad del hábitat por destrucción de hábitat por industria forestal. |