En las reuniones del 30 de septiembre de 2020 y del 19 de enero de 2021, consignadas en las Actas de Sesiones Nº04 y N°15, del 17mo proceso, el Comité de Clasificación establece:
Beilschmedia miersii (Gay) Kosterm., “belloto del norte”, “belloto”
Es un árbol siempreverde que alcanza una altura de hasta 25 metros. Hojas opuestas a subopuestas, coriáceas, anchamente aovadas, de 4 a 12 cm de ancho por 27 cm de largo, margen liso ligeramente recurvo. Hojas adultas glabras, con reticulación notoria, prominente, haz de la hoja brillante, envés opaco. Pecíolos gruesos, mohoso tomentosos de 5-12 mm de largo. El belloto del norte presenta pelos rizados en las ramillas.
Árbol endémico de la cordillera de la costa de Chile Central desde la región de Valparaíso, en la provincia de Petorca (32°13´S), la Región Metropolitana, en la provincia de Melipilla, (34°02´S), hasta la región del Libertador B. O’Higgins.
Luego de evaluar la ficha de antecedentes, y realizar algunas observaciones para su corrección, el Comité discute sobre el criterio A, la falta de datos recientes para estimar o inferir una disminución mayor al 50% en tres generaciones (se estima conservadoramente un tiempo generacional de 40 años), acuerda que sólo se puede inferir que los ecosistemas donde se encuentra esta especie, su área de ocupación, han disminuido en más de un 30% en las últimas tres generaciones. También, para el futuro en las siguientes generaciones hasta 100 años, se proyecta una disminución mayor al 30%. Por lo cual se mantiene para criterio A su categoría de Vulnerable (VU). Para criterio B se observan muchas más localidades que 10, por lo que se clasifica según criterio B como Preocupación Menor (LC). Respecto a los números de individuos maduros los números estimados exceden con mucho los umbrales, así, según criterio C y D se clasificaría como Preocupación Menor (LC). Según criterio E la carencia de datos indica que la especie se podría clasificar como Datos Insuficientes (DD).
Se describe a continuación los criterios utilizados y las categorías por cada criterio asignadas preliminarmente:
Criterio UICN
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Criterios definitorios
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Categoría Preliminar
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Enunciación de Criterios
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A
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***
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Vulnerable (VU)
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VU A2c+4c
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B
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Preocupación Menor (LC)
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-
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C
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Preocupación Menor (LC)
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-
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D
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Preocupación Menor (LC)
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-
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E
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Datos Insuficientes (DD)
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-
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Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:
VULNERABLE (VU) VU A2c+4c
Dado que:
A2 Reducción del tamaño de la población inferida mayor al 30% en tres generaciones (120 años), en el pasado donde las causas de la reducción no han cesado, en base a los siguientes puntos:
A2c Una reducción del área de ocupación, inferida superior al 30%, en la zona que habita.
A4 Reducción del tamaño de la población proyectada mayor al 30% en tres generaciones (hasta 100 años), en el futuro donde las causas de la reducción no habrían cesado, en base a los siguientes puntos:
A4c Una reducción del área de ocupación, proyectada superior al 30%, en la zona que habita. |