Nota: Será vigente posterior a la aprobación del decreto supremo durante 2018
En la reunión del 26 de octubre de 2017, consignada en el Acta Sesión Nº 03, el Comité de Clasificación establece:
Oceanodroma hornbyi (Gray 1854), “golondrina de mar de collar”, “Ringed Storm-Petrel” (inglés), “Hornby’s Storm-Petrel” (inglés)
Ave marina de largo 21-23 cm, de forma estilizada con alas largas y cola corta y muy ahorquillada. Partes superiores grises con alas y cola más negras. Partes inferiores completamente blancas a excepción de un collar pectoral gris. Cabeza con corona y nuca negruzcas, que contrastan con un delgado collar post-nucal lanco. La frente es blanca. Pico y patas negros, estas últimas no sobrepasan la cola. Alas básicamente oscuras, con marcado parche carpal gris, en forma de medialuna, que alcanza la muñeca y se estrecha en las terciarias.
La golondrina de mar de collar se observa regularmente en el Pacífico oriental entre los 3° y los 32°S, y los 71° y 85°W, y hasta 481 km de la costa, aunque con concentraciones significativamente mayores sobre la plataforma continental. Durante la primavera austral la especie se mueve hacia el norte concentrándose en la parte sur de Ecuador y norte de Perú, y en el otoño austral se desplaza más al sur concentrándose en la parte sur de Perú y norte de Chile. Sin embargo, se desconoce dónde anida la mayoría de la población, los registros en tierra indican que podría nidificar entre los 20° y los 25°S (Iquique a Taltal) en Chile y quizás el norte en Perú. Recientemente, la ROC (2017) descubre el primer sitio de nidificación ubicado en la Región de Atacama.
Si bien existen amenazas potenciales descritas, éstas no están completamente cuantificadas. Además no existen datos sobre su abundancia en sitios reproductivos, ni de la tendencia poblacional en el rango de distribución conocido para Chile. Es una especie en la cual sólo recién en el año 2017 se descubrió el primer sitio reproductivo, aunque es probable que haya más
El Comité considera que no hay claridad sobre los datos de presencia de la especie, toda vez que la información de presencia en Chile señalada en la ficha, indica que no existen datos sobre su abundancia en sitios reproductivos, ni de la tendencia poblacional en el rango de distribución conocido para Chile.
Por lo cual se estima que no hay información adecuada para hacer una evaluación, directa o indirecta, de su riesgo de extinción basándose en la distribución y/o condición de la población. Clasificándola como Datos Insuficientes (DD).
Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:
DATOS INSUFICIENTES (DD)
Dado que:
Existen dudas sobre datos de su distribución actual (sitios de nidificación) y dinámica poblacional. |