Inicio - Búsqueda de Especies

Copiapoa solaris ((F. Ritter) F. Ritter)

Especie Nativa en Chile / En Peligro (EN) / Rara
Charif Tala G.|ctala@conama.cl
Solicitar permiso a autor

Nombres comunes

Español: Cactus solar

Nombre científico Copiapoa solaris

Reino Plantae

División / Phyllum Magnoliophyta

Clase Magnoliopsida

Orden Caryophyllales

Familia Cactaceae

Género Copiapoa

Sinonimia Pilocopiapoa solaris. Ritter

Presencia en regiones

Categoría En Peligro (EN)
Criterios RCE EN B1ab(i,ii,iii,iv,v)+2ab(i,ii,
Fuente de Categoría Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)
Referencia DS 50 MINSEGPRES 2008 (2do Proceso RCE)
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)- Número de Proceso 2
Año de clasificación 2008
Descripción de la zona de aplicación Toda su distribución
Justificación de la conservación

Se concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE), es:

EN PELIGRO         EN B1ab(i,ii,iii,iv,v)+2ab(i,ii,iii,iv,v)

 

B1: la extensión de la presencia estimada es menos de 5.000 km2 (menor a 80 km2). B1a: Se conoce en menos de cinco localidades.  B1b(i,ii,iii,iv,v): disminución continua observada en la extensión de presencia, área de ocupación, calidad del hábitat, número de localidades e individuos maduros. B2: El área de ocupación estimada es menos de 500 km2 (menor a 80 km2). B2a: Se conoce en menos de cinco localidades. Y B2b(i,ii,iii,iv,v): disminución continua observada en la extensión de presencia, área de ocupación, calidad del hábitat, número de localidades e individuos maduros.

La especie presenta características que permiten asignarla a categoría EN PELIGRO CRÍTICO CR B1ab(i,ii,iii,iv,v) de acuerdo a las categorías y criterios dela UICN versión 3.1.

 

Categoría Rara
Criterios RCE EN B1ab(i,ii,iii,iv,v)+2ab(i,ii,
Fuente de Categoría Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)
Referencia DS 50 MINSEGPRES 2008 (2do Proceso RCE)
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)- Número de Proceso 2
Año de clasificación 2008
Descripción de la zona de aplicación Toda su distribución
Justificación de la conservación

Una especie se considerará "Rara" cuando sus poblaciones ocupen un área geográfica pequeña, o estén restringidas a un hábitat muy específico que, en sí, sea escaso en la naturaleza.

También se considerará "Rara" aquella especie que en forma natural presente muy bajas densidades poblacionales, aunque ocupe un área geográfica mayor”.

 

El Comité por unanimidad aceptó agregar a la clasificación realizada, la categoría “Rara” para Copiapoa solaris.

Ver Categorias de conservación no vigentes

Contacto

San Martín 73, Santiago, Chile

+56 2 2573 56 00

inventarioespecies@mma.gob.cl

En este sitio solamente se presentan 3.500 especies de un total aproximado de 33.000 especies nativas que habitan en nuestro país.
El número de especies exóticas dentro del inventario también es inferior al total de exóticas en el país.