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Liolaemus juanortizi (Young-Downey y Moreno, 1991)

Especie Nativa en Chile / Vulnerable (VU)
Gabriel Lobos|inventarioespecies@mma.gob.cl
Solicitar permiso a CONAMA

Nombres comunes

Español: Lagartija de Ortiz; Lagarto de Juan Carlos Ortiz

Nombre científico Liolaemus juanortizi

Reino Animalia

División / Phyllum Chordata

Clase Reptilia

Orden Squamata

Familia Liolaemidae

Género Liolaemus

Sinonimia Liolaemus (Liolaemus) juanortizi. Pincheira-Donoso & Núñez 2005

Presencia en regiones

Categoría Vulnerable (VU)
Criterios RCE Vulnerable
Fuente de Categoría Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)
Referencia DS 18 MMA 2016 (12mo proceso RCE)
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)- Número de Proceso 12
Año de clasificación 2016
Descripción de la zona de aplicación Toda su Distribución
Justificación de la conservación

En la reunión del 14 de octubre de 2015, consignada en el Acta Sesión Nº 02, el Comité de Clasificación establece:

 

Liolaemus juanortizi Young-Downey & Moreno 1992, “lagartija de Juan Carlos Ortiz”

 

Saurio de tamaño grande (máxima longitud hocico-cloaca = 94,4 mm), el abdomen lateralmente es robusto. Cuello lateralmente más ancho que la cabeza, debido a un pliegue laterocervical bien desarrollado que se abre en “V” por detrás del meato auditivo. Pliegue antehumeral conforma un bolsillo profundo. Cola particularmente robusta, de contorno cilindro-cónica, es de longitud ligeramente mayor que la distancia hocico-cloaca. Endémico de Chile, registrado sólo en la Región de Atacama.

 

El Comité resalta el hecho que el mapa y la información de UICN que aparece como de Liolaemus juanortizi no corresponde con la especie válida que es la que aquí se clasifica, se solicita a la Secretaría Técnica que informe a UICN de este error. Luego se discute respecto al número de localidades que constituyen las subpoblaciones, se establece que son más de 5 pero no más de 10. Por no existir antecedentes sobre abundancia poblacional ni tendencias poblacionales precisas se decide no utilizar los criterios “A”, “C”, “D” ni “E”. Por el contrario, respecto al criterio “B”, sobre superficies de distribución, localidades y disminución de calidad de hábitat, la información disponible permite concluir que para la categoría Vulnerable los umbrales se cumplen con certeza tanto para Extensión de Presencia como para Área de Ocupación. De esta manera, atendiendo a las superficies y localidades que ocupa esta especie, se concluye clasificarla según el RCE, como VULNERABLE (VU).

 

Propuesta de clasificación Liolaemus juanortizi Young-Downey & Moreno 1992:

 

Este Comité concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE) es:

 

VULNERABLE    VU B1ab(iii)+2ab(iii)

 

Dado que:

B1            Extensión de presencia menor a 20.000 km2.

B1a         Se conoce en menos de 10 localidades.

B1b(iii)    Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación por actividades de minería, contaminación.

B2            Área de Ocupación menor a 2.000 km2.

B2a         Se conoce en menos de 10 localidades.

B2b(iii)    Disminución de la calidad del hábitat por perturbación y transformación de su área de ocupación por actividades de minería, contaminación.

Ver Categorias de conservación no vigentes

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