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Griselinia carlomunozi (M.O. Dillon & M. Muñoz)

Especie Nativa en Chile / En Peligro (EN) / Rara

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Nombres comunes

Español: Griselinia de Paposo

Nombre científico Griselinia carlomunozi

Reino Plantae

División / Phyllum Magnoliophyta

Clase Magnoliopsida

Orden Cornales

Familia Griseliniaceae

Género Griselinia

Sinonimia

Presencia en regiones

Categoría En Peligro (EN)
Criterios RCE EN B1ab(iii,iv,v)+2ab(iii,iv,v);
Fuente de Categoría Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)
Referencia DS 50 MINSEGPRES 2008 (2do Proceso RCE)
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)- Número de Proceso
Año de clasificación 2008
Descripción de la zona de aplicación Toda su distribución
Justificación de la conservación

Se concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE), es:

EN PELIGRO         EN B1ab(iii,iv,v)+2ab(iii,iv,v); C1; D

 

B1: la extensión de la presencia estimada es menos de 5.000 km2 (55 km2).

B1a: Se conoce en dos localidades. 

B1b(iii,iv,v): disminución continua observada en área de ocupación, la calidad del hábitat y número de subpoblaciones por su carácter dioico y la escasez de ejemplares cercanos de ambos sexos  en las  poblaciones, afectan la regeneración natural de la especie; además las amenazas por  pastoreo y  extracción de leña hacen de este taxón un relicto en reducción.

B2: El área de ocupación estimada es menos de 500 km2 (3,6 km2).

B2a: Se conoce en menos de cinco localidades.

B2b(iii,iv,v): disminución continua observada en área de ocupación, la calidad del hábitat y número de subpoblaciones.

C1: menos de 2.500 individuos maduros, disminución estimada superior a 20% dentro de las últimas dos generaciones.

D: población total mundial inferior a 250 individuos.

 

La especie presenta características que permiten asignarla a categoría EN PELIGRO CRÍTICO CR B1ab(iii,iv,v)+2ab(iii,iv,v); C1; D, de acuerdo a las categorías y criterios de la UICN versión 3.1 

Categoría Rara
Criterios RCE
Fuente de Categoría Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)
Referencia DS 50 MINSEGPRES 2008 (2do Proceso RCE)
Reglamento de Clasificación de Especies (RCE)- Número de Proceso
Año de clasificación 2008
Descripción de la zona de aplicación Toda su distribución
Justificación de la conservación

Una especie se considerará "Rara" cuando sus poblaciones ocupen un área geográfica pequeña, o estén restringidas a un hábitat muy específico que, en sí, sea escaso en la naturaleza.

También se considerará "Rara" aquella especie que en forma natural presente muy bajas densidades poblacionales, aunque ocupe un área geográfica mayor”.

 

El Comité por unanimidad aceptó agregar a la clasificación realizada, la categoría “Rara” para Griselinia carlomunozi.

Ver Categorias de conservación no vigentes

Contacto

San Martín 73, Santiago, Chile

+56 2 2573 56 00

inventarioespecies@mma.gob.cl

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