Este Comité, en reunión del 25 de marzo de 2009 y del 26 de mayo de 2010, concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE), es:
EN PELIGRO CRÍTICO CR B1ab(iii)+2ab(iii)
Dado que:
B1 Extensión de presencia menor a 100 km2.
B1a Existe en una sola localidad.
B1b(iii) Disminución en la calidad del hábitat debido a presencia de especies vegetales exóticas invasoras tales como zarzamora (Rubus ulmifolius), maqui (Aristotelia chilensis) y murtilla (Ugni molinae), principalmente por ocupación de los espacios para establecimiento de nuevos individuos, además, debido a efectos nocivos de animales introducidos (cabra, rata y conejo) y, por último, posibles deslizamientos de tierra.
B2 Área de ocupación estimada en menos de 10 km2
B2a Existe en una sola localidad.
B2b(iii) Disminución en la calidad del hábitat debido a presencia de especies vegetales exóticas invasoras tales como zarzamora (Rubus ulmifolius), maqui (Aristotelia chilensis) y murtilla (Ugni molinae), principalmente por ocupación de los espacios para establecimiento de nuevos individuos, además, debido a efectos nocivos de animales introducidos (cabra, rata y conejo) y, por último, posibles deslizamientos de tierra. |