Este Comité, en reunión del 25 de marzo de 2009 y del 26 de mayo de 2010, concluye que su Categoría de Conservación, según Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE), es:
EN PELIGRO CRITICO CR B1ab(iii)+2ab(iii)
Dado que:
B1 Extensión de presencia menor a 100 km2.
B1a Existe en una sola localidad.
B1b(iii) Disminución en la calidad del hábitat debido a presencia de especies vegetales exóticas invasoras tales como zarzamora (Rubus ulmifolius), maqui (Aristotelia chilensis) y murtilla (Ugni molinae) principalmente por ocupación de los espacios para establecimiento de nuevos individuos, por conejos (Oryctolagus cuniculus), ratas (Rattus rattus) herbívoros que además favorecen proceso erosivos, también insectos que parasitan y se alimentan de los frutos y, además, posibles deslizamientos de tierra.
B2 Área de ocupación estimada en menos de 10 km2
B2a Existe en una sola localidad.
B2b(iii) Disminución en la calidad del hábitat debido a presencia de especies vegetales exóticas invasoras tales como zarzamora (Rubus ulmifolius), maqui (Aristotelia chilensis) y murtilla (Ugni molinae) principalmente por ocupación de los espacios para establecimiento de nuevos individuos, por conejos (Oryctolagus cuniculus), ratas (Rattus rattus) herbívoros que además favorecen proceso erosivos, también insectos que parasitan y se alimentan de los frutos y, además, posibles deslizamientos de tierra. |